La decisión de la Consejería de Educación de limitar el servicio de atención y cuidado del alumnado durante los meses de junio y septiembre únicamente a las localidades cabecera de los Centros Rurales Agrupados (CRA) ha generado un profundo malestar entre numerosas familias y comunidades educativas de la provincia de León.
El programa de conciliación, regulado por la Orden EDU/396/2026, de 30 de abril, contempla una hora adicional no lectiva de permanencia en los centros escolares públicos de Educación Infantil y Primaria durante los meses en los que se reduce el horario lectivo. El objetivo de esta medida es facilitar la conciliación laboral y familiar de las familias que necesitan que sus hijos e hijas permanezcan una hora más en el centro educativo.
Sin embargo, la aplicación del servicio ha vuelto a generar polémica en el ámbito rural. Mientras que las escuelas urbanas, los CEIP rurales y las localidades cabecera de los CRA sí dispondrán de este recurso, el resto de pueblos integrados en estos centros rurales agrupados quedarán excluidos del programa.
La situación ya se produjo parcialmente el pasado curso, cuando el servicio solo se implantó en algunas localidades y, en el caso de los CRA, únicamente en la escuela cabecera. Entonces, distintas asociaciones de madres y padres, colectivos educativos y particulares presentaron quejas ante la Dirección Provincial de Educación, sin recibir respuesta.
En el presente curso 2025-2026, las familias recibieron las solicitudes para participar en el programa el pasado 31 de abril. Aunque inicialmente el plazo finalizaba ese mismo día, posteriormente se amplió hasta el 8 de mayo. Muchas familias interpretaron que el servicio se ofrecería a todas las personas solicitantes. Sin embargo, el pasado 19 de mayo, la Dirección General de Centros e Infraestructuras comunicó que en los CRA el servicio solo se prestará en la localidad donde se ubica la dirección del centro educativo, independientemente de que no sea la que concentra un mayor número de alumnado.
Esta medida ha sido recibida con preocupación y rechazo por parte de numerosos sectores de la comunidad educativa rural, que consideran que supone un “agravio comparativo” y una “discriminación” hacia las familias que residen en los pueblos no cabecera de los CRA. Denuncian además que el alumnado recibe un trato desigual dentro de un mismo centro educativo público únicamente por el lugar donde vive.
La problemática adquiere una especial relevancia en la provincia de León, donde la escuela rural constituye un elemento esencial de la red educativa pública y donde la dispersión geográfica y las dificultades de transporte limitan las alternativas de conciliación familiar y laboral.
Las familias y colectivos afectados recuerdan que el medio rural leonés se enfrenta ya a importantes dificultades derivadas de la despoblación, el envejecimiento de la población, la falta de servicios públicos y la escasez de recursos de movilidad, por lo que consideran especialmente contradictorio que se reduzcan servicios precisamente en las localidades más pequeñas.
Desde distintos ámbitos educativos y sociales se reclama ahora a la Consejería de Educación que revise de manera inmediata esta decisión, mantenga el servicio en todas las localidades integradas en los CRA y abra un proceso de diálogo con las comunidades educativas afectadas para buscar soluciones organizativas y presupuestarias que garanticen la igualdad de oportunidades.
La comunidad educativa insiste en que la defensa de la escuela rural no puede quedarse únicamente en declaraciones institucionales y reclama políticas que refuercen los servicios públicos esenciales para garantizar la permanencia de familias y población en los pueblos.
Normativa aplicable
ORDEN EDU/396/2026, de 30 de abril, por la que se establece un servicio de atención y cuidado del alumnado que curse el segundo ciclo de educación infantil y educación primaria en los centros públicos dependientes de la Consejería de Educación, una vez finalizado el horario lectivo, durante los meses de septiembre de 2026 y junio de 2027, del curso escolar 2026-2027
ORDEN EDU/475/2025, de 8 de mayo, por la que se establece un servicio de atención y cuidado del alumnado que curse el segundo ciclo de educación infantil y educación primaria en los centros públicos dependientes de la Consejería de Educación, una vez finalizado el horario lectivo, durante los meses de septiembre de 2025 y junio de 2026, del curso escolar 2025-2026.






